CONTRATOS

Elaboramos todo tipo de contratos relacionados con Propiedad Intelectual, como son los siguientes:

Contratos de licencia de uso y/o explotación de derechos de Propiedad Intelectual.

Contratos de cesión de derechos de Propiedad Intelectual.

Contratos de comisión de producción o de colaboración remunerada, son los que se utilizan cuando se comisiona el encargo de una obra a un tercero y en el contrato se establecen las condiciones y sobre todo quien es el titular del derecho de propiedad intelectual que se genere, dicho contrato servirá para el registro de las obras a nombre de personas morales, que necesariamente requieren de un colaborador para crear una obra, como puede ser un programa de cómputo, un diseño, un sitio de Internet, etc.

Contratos de franquicia, desarrollamos contratos de franquicia de acuerdo a las necesidades reales y objetivas del FRANQUICIANTE, para efecto de que se comprenda todo el procedimiento y logística para ofrecer su producto o servicio, y a su vez se proteja toda la parte novedosa y tecnológica que se aporte a los FRANQUICIATARIOS.

Contratos de confidencialidad, desarrollamos contratos para el resguardo de los secretos industriales e información confidencial de las empresas o personas y así evitar su divulgación por terceros con quien se tenga una relación comercial o de trabajo y por dicha relación se tenga que revelar dicha información.

Es importante resaltar que algunos de estos contratos se deben de inscribir ante las autoridades correspondientes para que surtan efectos contra terceros, por lo que ofrecemos también dicho servicio de inscripción de contratos ante las autoridades competentes.

Así mismo, elaboramos contratos de cualquier índole y atendiendo a las necesidades especificas de los contratantes, nuestra filosofía es la elaboración de contratos concisos y concretos y con términos claros, entendiendo que un contrato es un acuerdo de voluntades de buena fe y que por la celebración del mismo hay un beneficio reciproco para ambas partes, no obstante se establecen las medidas de seguridad y garantía para la parte afectada, en caso de incumplimiento de su contraparte.